La Nación Feriado en casi 20 localidades bonaerenses: a quiénes le corresponde el asueto del 16 de julio y por qué
16/07/2024
| 43 visitas
Un grupo de trabajadores en distintas ciudades y municipios bonaerenses tendrán un día de descanso; además, todos los feriados nacionales que quedan en 2024
Este martes 16 de julio hay un feriado especial para 18 localidades de la provincia de Buenos Aires. Este asueto en la mayoría de los casos se debe a que es la fiesta patronal de distintas ciudades, puesto que es el día de la Virgen de Carmen. Mientras tanto, la localidad 16 de Julio ―que es parte del municipio Azul― celebra su aniversario fundacional. En ese sentido, el gobierno bonaerense se estableció que los empleados del Banco Provincia y de la administración pública en estas zonas tendrán un día de descanso.Así lo decretó la resolución 326/2024 publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires. Esta normativa incluye el listado de las fechas no laborables de julio en distintos puntos de la provincia, entre ellas las localidades que tienen asueto este 16 de julio. También indica que es un “feriado optativo” para la industria, el comercio y restantes actividades. Esto quiere decir que queda a discreción del empleador si será un día de descanso o no.A continuación, el listado de las localidades bonaerenses que tienen feriado este martes 16 de julio:General Villegas (General Villegas)Saboya (General Villegas)Necochea (Necochea)La Violeta (Pergamino)El Socorro (Pergamino)Mariano Benítez (Pergamino)Dennehy (Nueve De Julio)Facundo Quiroga (Nueve De Julio)Pasteur (Lincoln)General RodríguezCarmen de ArecoCarlos CasaresBenito JuárezCañuelasPellegriniChivilcoyLas FloresCarmen de Patagones16 De Julio (Azul)Cómo se pagan los feriados trabajadosLa ley 20.744, también conocida como la ley de Contrato de Trabajo, establece el régimen por el cual se pagan a los empleados que prestan sus servicios durante los días asueto. “En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical en cuanto a la prohibición del trabajo. En dichos días, los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan con domingo”, detalla el artículo 181 de la normativa. Por lo tanto, se les debe pagar a los empleados lo mismo que un día laboral normal durante un feriado.En tanto, quienes deban trabajar durante un asueto tendrán una remuneración diferencial. “Todo trabajador que preste servicios por estar afectado a las excepciones previstas en aquellas normas legales cobrará la suma que tenga asignada, más una cantidad igual”, puntualiza la Ley de Contrato de Trabajo. En ese sentido, las personas que trabajen un feriado cobrarán el doble de lo que reciben por una jornada laboral.Diferencia entre feriados nacionales y días no laborablesLa ley de Contrato de Trabajo también se refiere a los feriados nacionales y a los días no laborables, y en su artículo 165 explica que quedarán establecidos en el régimen legal que los regule. En este caso, se refiere a la ley 27.399 de “Establecimiento de feriados y fines de semanas largos”. La LCT precisa en la cláusula 166 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Esto quiere decir que las personas que trabajen en feriados cobrarán el doble de lo que reciben por una jornada laboral.Mientras tanto, en el artículo 167 explica que los días no laborales son optativos para el empleador para el sector privado. Por lo tanto, es él el que decide si se trabaja; y si es así, el empleado percibirá su salario simple. En tanto, son de aplicación obligatoria para la administración pública. Lo mismo ocurre con los bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación.El calendario completo de los feriados nacionales que quedan del 2024Todavía quedarán varios feriados nacionales este 2024:AgostoSábado 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San MartínOctubreViernes 11 de octubre: feriado turísticoSábado 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad CulturalNoviembreLunes 18 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20/11)DiciembreDomingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de MaríaMiércoles 25 de diciembre: Navidad
También te puede interesar:
qué te pareció esta noticia?
Todavía no hay comentarios. Escriba el suyo.